Orden Hospitalaria San Juan de Dios
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CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO:
(Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, publicada en el B.O.J.A.)

Derechos y Deberes 

Ingles Aleman Italiano Frances Arabe

Los usuarios, al amparo de la Ley, son titulares y disfrutan de los siguientes derechos:


img_marcador A que se le ofrezca la atención, prestaciones y servicios sanitarios disponibles que considere necesarios para cuidar su salud individual y colectiva.        

img_marcador  Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que puedan ser discriminados por razón alguna.

img_marcador  A disponer de información, en términos comprensibles para él y sus familiares o allegados sobre:


img_punto2  Factores, situaciones y causas de riesgo para la salud.


img_punto2  Servicios y prestaciones sanitarias a que pueden acceder, coste económico y


    requisitos necesarios para su uso.


img_punto2 Diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.


img_marcador  A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y estancia en el Centro.


img_marcador  A conocer, y autorizar previamente y por escrito, cuando los procedimientos que se le realicen vayan a ser utilizados en un proyecto de investigación que en ningún caso podrá comportar peligro adicional para su salud.

img_marcador  A que se le extienda certificado acreditativo de su Estado de Salud, cuando así lo solicite.


img_marcador  A que quede constancia por escrito o en soporte técnico, de todo su proceso.

img_marcador  A recibir un informe de alta, al finalizar la estancia en el Centro.

img_marcador  Al acceso a su historial clínico.
 
img_marcador  A disponer de garantía de acceso a las prestaciones sanitarias en un tiempo máximo, según los términos y plazos reglamentariamente establecidos.

img_marcador  A la asignación de un médico, si bien puede optar a la libre elección de médico y a una segunda opinión médica sobre su proceso, según  los términos reglamentariamente establecidos.

img_marcador  A conocer el nombre y la función de los profesionales que le atienden.

img_marcador  A elegir entre las opciones que le presente el médico responsable de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito, para la realización de cualquier intervención sanitaria. (Art. 6 de la Ley*)


img_marcador  A disfrutar de un medio ambiente favorable a la salud.        


img_marcador  A la utilización de las vías de reclamación y sugerencias, así como a recibir respuesta por escrito en los plazos  reglamentariamente establecidos.


img_marcador  A disponer de una carta de derechos y deberes.



Los usuarios, respecto a los servicios sanitarios y de acuerdo a lo establecido por Ley, tienen los siguientes deberes individuales:


img_marcador  Cumplir  las prescripciones generales en materia de salud y los requisitos de uso y acceso a las prestaciones sanitarias, conforme a lo reglamentariamente establecido.


img_marcador  Mantener el debido respeto a las normas del Centro, así como al personal que presta sus servicios al mismo.


img_marcador  Responsabilizarse del uso de los recursos y prestaciones ofrecidas.


img_marcador  Cuidar las instalaciones y colaborar en su mantenimiento.


img_marcador  Firmar, en caso de negarse a las actuaciones sanitarias, el documento pertinente en el que queda expresado con claridad que ha quedado suficientemente informado y que rechaza el tratamiento sugerido.


2007 @ Hospital. S. Juan de Dios de Córdoba